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Delitos con dos formas de culpabilidad en el derecho penal

La actitud psíquica de una persona ante el acto peligroso social que ha cometido se llama culpa. Se manifiesta en forma de acción o inacción y consecuencias socialmente peligrosas que resultan del delito cometido en forma de negligencia o intención. La actitud negativa de una persona a las costumbres, normas, normas, requisitos adoptados en la sociedad, se manifiesta en la comisión de un crimen, que determina la importancia social de la culpabilidad.

El vino es uno de los signos obligatorios de un crimen que forma parte de su composición como hecho de realidad objetiva. La responsabilidad penal en Rusia sólo se produce cuando existe este factor. En su ausencia, la responsabilidad no llega.

El vino en el derecho penal tiene dos formas. Considérelos. En este caso, los delitos con dos formas de culpabilidad pueden ser simultáneamente parte de un acto ilegal.

¿De qué estamos hablando?

La persona es culpable si se cometió intencional o inadvertidamente un acto ilegal. En derecho penal, se identifican dos formas de culpabilidad: la intención y la imprudencia. ¿Qué es? La intención es directa o indirecta. La culpa inadvertida implica negligencia y frivolidad.

Vino voluntario

La intención directa se expresa en la realización del peligro para las personas a su alrededor por la persona de sus acciones, la comprensión de su inevitabilidad o la posibilidad de que se produzcan ciertas consecuencias.

La intención indirecta se caracteriza por la conciencia de la persona que cometió el acto criminal, el peligro público, así como la anticipación de la posibilidad de ocurrencia de consecuencias, la falta de deseo de su aparición. Pero al mismo tiempo la persona los trataba con indiferencia. O estamos hablando de la admisión consciente de las consecuencias negativas.

Vino áspero

El descuido se expresa en el hecho de que el perpetrador no es indiferente a las consecuencias del crimen. Por lo tanto, este factor se considera una especie menos peligrosa.

El descuido se expresa en dos formas de culpa: la frivolidad y la negligencia. El delito cometido por negligencia se expresa en ausencia de previsión por parte de quien lo cometió, la llegada de graves consecuencias. Pero con la precaución y la atención necesarias, una persona podía y debía haber previsto ciertas consecuencias.

Un delito cometido por levedad se considera el acto de una persona que previó la posibilidad de la llegada de las consecuencias peligrosas de sus acciones para la gente circundante, pero calculado (sin motivos suficientes) para evitarlos.

Delitos con dos formas de culpabilidad

El grueso de los crímenes se comete con una de las formas consideradas de culpabilidad. Al mismo tiempo, algunas composiciones calificadas de actos ilícitos intencionales prevén la presencia simultánea de estos dos componentes. ¿Cómo es? Por ejemplo, por parte del sujeto de un delito, se observa la intencionalidad hacia el acto cometido y la imprudencia con respecto a sus consecuencias.

Dos formas de culpabilidad en el derecho penal pueden surgir cuando un acto intencionalmente cometido provoca ciertas consecuencias. Al mismo tiempo, no cubrieron los planes del acusado. Esto significa que una persona no quería y no permitía el inicio de consecuencias peligrosas.

Por ejemplo, dos formas de culpabilidad en un crimen se expresan en causar daño grave a la salud. Y esto implicaba, por descuido, la muerte de la víctima. Al mismo tiempo, el autor se dio cuenta del peligro de su acción, previó las consecuencias, pero en la forma de causar graves daños a la salud. Deseaba y permitía su ofensiva. Pero no concibió causar la muerte de la víctima.

Derecho Administrativo

Como parte del aspecto subjetivo del delito en el derecho administrativo, la culpabilidad es la relación interna de la persona que cometió el acto a este delito y las consecuencias perjudiciales que han surgido. Sólo en la presencia del acto ilícito culpable viene una cierta responsabilidad legal de las personas físicas y jurídicas.

En el derecho administrativo, la división en dos formas de culpabilidad a menudo no tiene sentido con respecto a las personas jurídicas.

Todos ellos están determinados por el lado subjetivo de la ofensa. Hay un análisis de la actitud mental del sujeto colectivo al delito cometido. La forma de culpabilidad está determinada. Se evalúan las circunstancias para tomar las medidas posibles para hacer cumplir la ley y si había una oportunidad.

Formas de culpabilidad

Hay dos formas de culpabilidad en el Código de Delitos Administrativos: imprudencia e intención. Considerémoslos con más detalle. La forma de culpa en la forma de la intención del delito cometido se expresa en la conciencia de la persona de la ilicitud de su acto, la anticipación de la aparición de consecuencias perjudiciales, el deseo y la asunción de su ofensiva o una actitud indiferente hacia ellos.

Las ofensas cometidas por negligencia se caracterizan por prever la aparición de graves consecuencias de sus actos, pero sin arrogante contar con su prevención o la posibilidad de prever.

La forma deliberada de culpabilidad se expresa en una intención indirecta o directa. A su vez, consiste en la comprensión por parte de la persona de la ilegalidad del acto, la anticipación del acercamiento de las consecuencias perjudiciales, la asunción consciente o la relación indiferente con ellos. Con intención directa, el delincuente quiere consecuencias. Si la intención es indirecta, entonces la persona no quiere causar daño, sino que trata sus acciones con indiferencia o admite conscientemente su inflicción.

Un acto descuidado puede expresarse en dos formas de culpa: la negligencia y la frivolidad.

La frivolidad consiste en prever por la persona de la ofensiva posible resultado ilícito. Pero el hombre esperaba arrogantemente evitarlo.

La negligencia se caracteriza por la falta de previsión en la persona del hecho de que habrá consecuencias ilegales. Aunque un hombre debe y podría haber previsto su ofensiva.

Un delito administrativo cometido intencionalmente es más peligroso en comparación con un delito cometido por negligencia.

La mayoría de los artículos del código administrativo no indican una forma de culpabilidad, ya que esto no es necesario. La responsabilidad administrativa ocurre sin importar un tipo imprudente o voluntarioso de culpabilidad. Por ejemplo, si el conductor violó las reglas de la carretera. La violación podría haber ocurrido intencionalmente, es decir, cuando el conductor, por ejemplo, vio la señal, pero deliberadamente cometió una violación o cuando el conductor no se dio cuenta de la señal, es decir, descuidó las reglas de la carretera por negligencia. Y en el primer y segundo caso, el conductor estará sujeto a iguales medidas de responsabilidad administrativa.

En el derecho administrativo no hay delitos con dos formas de culpa en comparación con el derecho penal, donde el delito de dos formas de culpa tiene lugar.

Vinos en el derecho administrativo y penal

En lo administrativo, como en el derecho penal, hay dos formas de culpa: la intención y la negligencia. Sin evidencia de culpabilidad, no hay manera de aplicar sanciones penales a una persona. Dependiendo de cómo se haya cometido el crimen, con intención o negligencia, la gravedad del castigo depende. Por ejemplo, en el caso de la destrucción o daño a la propiedad, cuando la forma de culpabilidad (destrucción deliberada o por negligencia) depende de qué castigo incurrirá el reo – encarcelamiento, multa, trabajo correccional, prisión. En el derecho penal (en contraposición con el derecho administrativo) puede haber crímenes con dos formas de culpabilidad. Ya hemos mencionado esto. Más de dos formas de culpa en los crímenes no puede ser.

En el derecho administrativo, el factor en cuestión no afecta el tamaño de las sanciones. Es decir, no importa si la intención fue, o el delito fue cometido por imprudencia. Por ejemplo, la violación de las reglas de maniobra. Aplicar la sanción no es una forma importante de culpabilidad, y el hecho es importante. El conductor podría violar intencionalmente las reglas de tráfico o no notar la señal. La medida de castigo administrativo de este sigue siendo sin cambios.

La diferencia entre una ofensa criminal

Un delito administrativo y un delito son actos socialmente peligrosos. En el derecho penal, el nivel de peligro público es mucho mayor que en las regulaciones administrativas. El peligro público se expresa en signos e indicadores específicos que caracterizan ciertos elementos del crimen y están consagrados en las reglas de derecho. Es el establecimiento de la estructura legal que afecta la capacidad de distinguir entre un delito y un delito. Por lo general esto sucede sobre la base del lado objetivo de la composición, es decir, se determina por la ausencia o presencia de graves consecuencias. Además, el nivel de peligro público puede determinarse sobre la base de daños materiales. Por ejemplo, robar la propiedad de otra persona por más de cinco salarios mínimos se considera un delito. Y si el indicador es menor o igual, entonces esto es una ofensa.