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Circunstancias que excluyen la participación en el proceso penal. Compensaciones y recusación

La ley establece las circunstancias que excluyen la participación en los procesos penales (grifos). Las normas se dividen en dos grupos. El primero se refiere a lo general, el segundo – especial. . Tenga en cuenta las circunstancias que excluyen la participación de artículos en los procesos penales (brevemente).

definición

, представляют собой факторы внешнего объективного характера. Circunstancias que excluyen la participación en los procesos penales, son factores de carácter objetivo externo. Su presencia hace que la duda razonable sobre la imparcialidad de un tema en particular. En este sentido, la persona debe ser retirado de las actuaciones. En caso de fallo de este requisito se aplica a la salida de materia.

prohibiciones totales

, приводятся во втором разделе УПК. Circunstancias que excluyen la participación en el proceso penal, siempre que en la segunda sección del Código de Procedimiento Penal. Normalmente contienen prohibiciones explícitas sobre la participación en la investigación de individuos específicos. Así, de acuerdo con el Art. 41 (Parte 2), no se permite asignar poderes, la implementación de lo que se asocia con la implementación de la investigación, a un sujeto que ejerce o ha ejercido en el caso de búsqueda operativa. . También hay circunstancias que impidan la participación en el proceso penal abogado. Por ejemplo, una persona no tiene derecho a ser un abogado 2 acusado / sospechoso cuando éste intereses son contradictorios. Esta posición se fija en la técnica. устанавливаются и в 56 статье. 49 horas. 6. Las circunstancias que excluyen la participación en los procesos penales, establecidos en el artículo 56. Normalmente, una persona decidida a no se hace responsable de interrogatorio como testigo. Las disposiciones del presente artículo se aplicarán a las entidades específicas y no se aplican a otras personas implicadas en el procedimiento.

razones objetivas

. La legislación prevé circunstancias independientes de la voluntad de los sujetos, con exclusión de la participación en un proceso penal. Hay una serie de factores que no permiten a una persona para llevar a cabo sus deberes y ejercer sus derechos en el marco del caso. surgen estas circunstancias antes de que la persona involucrada en el proceso y adquiere el estado correspondiente.

grupo de personas

. Capítulo 9 de la CPC establece varias categorías de entidades para las que se puede actuar circunstancias que excluyen la participación en los procesos penales. El grupo consta de:

  1. Funcionarios directamente implicados en los procedimientos relacionados con el procedimiento. Estos incluyen, en particular, incluyen el investigador, juez, etc. que se escribe sobre ellas en los artículos 61-67.
  2. Las personas que actúan en nombre de otros participantes en el procedimiento. Este grupo incluye a los abogados, los demandantes civiles / acusados, la víctima. Se habla de ellos en el artículo 72.
  3. Las personas que desarrollan los procedimientos en la reunión. Estos incluyen el traductor, empleado de la corte, experto, profesional. Se habla de ellos en los artículos 68-71.

Circunstancias que excluyen la participación del fiscal en los procesos penales

No se permite dicho funcionario para examinar el caso, si se trata de:

  1. Actúa como una víctima, el / respondedor (civil) testigo solicitante.
  2. Estaba en el jurado, expertos, intérprete, especialista, que acredite los testigos, el secretario de la reunión, el representante legal de cualquier aspecto de la cuestión.
  3. Es un pariente parientes (también) a cualquier persona involucrada en el procedimiento.

. Estas son las razones y las circunstancias que excluyen la participación de un juez en un proceso penal.

explicaciones

De acuerdo con las disposiciones anteriores se puede concluir que las circunstancias, debido a que están excluidos los sujetos de los procedimientos, son causados por la presencia en ellas (como en el pasado y en el presente) de otro estado del procedimiento o de la naturaleza relacionada relación con otras entidades involucradas en el caso.

matiz

Oficial se prohíbe realizar el procedimiento, no sólo en situaciones en las que está dotado con cualquier otra condición legal. El tema debe ser excluido de las actuaciones, y cuando es debido a la presencia de fundamento fáctico. Por ejemplo, el investigador fue testigo del crimen. Él no puede presentar una demanda en este hecho. El investigador en esta situación estará implicado como testigo e interrogado. En consecuencia, su información será evidencia en el caso.

además

La lista, que se define en el Art. 61 no se considerará exhaustiva. En la segunda parte de las reglas declaró que el fiscal, el investigador, así como oficial, ejercer directamente el examen del caso en una reunión, no puede participar en la producción en las circunstancias sugieren que tienen un interés directo o indirecto en el resultado del procedimiento. Una lista de estos factores no se define por la ley. Por otra parte, las normas no prevén las características formales de interés. Como consecuencia de ello, su presencia se determina por las características específicas del caso. Parece que como base, lo que indica un interés, puede actuar las relaciones hostiles o amistosas entre las partes para la fabricación, servicio o vínculos financieros.

El artículo 72 de la CPC

En él se definen las circunstancias que excluyen la participación de un abogado defensor juicio penal, representante del demandado civil / demandante, la víctima. Estas personas no son admitidos en el procedimiento, si ellos:

  1. Anteriormente jugó en otro estado. Por ejemplo, este tema podría ser el juez, testigos, expertos, conceptos, intérprete, secretario de la reunión, el investigador y otros.
  2. Son parientes (incluyendo familiares) cualquier aspecto de la cuestión, o a terceros interesados en el procedimiento.
  3. Se proporciona o ha proporcionado previamente servicios legales a los ciudadanos, cuyos intereses están en conflicto con los intereses del acusado / sospechoso, demandante / demandado civil, la víctima, los protegió en este caso. Esta disposición amplía los derechos previstos en el artículo 49.

El tercer grupo de sujetos

Incluye los expertos, el secretario de la reunión, especialista, intérprete. Este grupo es bastante específica. En relación con el Secretario, por ejemplo, la legislación no prevé las circunstancias concretas en las que se excluye su participación en el procedimiento. Las normas indican que la decisión tomada por un funcionario de la realización de un examen directo del caso. En cuanto a los demás temas, se les prohíbe a los participantes en el proceso, si es revelada su incompetencia. Para el intérprete, por ejemplo, se expresa en la incapacidad para conocer los idiomas necesarios para el normal desarrollo de la reunión. Un especialista no está permitido proceso, si no tiene ningún conocimiento especial o no sabe cómo usarlos. La incompetencia del experto puede expresarse en ausencia de un marco teórico o educación adecuada.

Restricciones en los codos

Que no se aplicarán a las partes civiles / acusados / sospechosos, víctimas y testigos. Esto causó una indispensabilidad tal restricción de estas personas en el caso. La participación de estas entidades está en conexión directa con las circunstancias del accidente. Estos individuos, o tienen un interés personal en el resultado, o sirven como soportes de información que tienen un elevado valor probatorio.

procedimiento

Como se indicó anteriormente, en la identificación de las circunstancias que impidan la mayor participación de la persona en el proceso, que debe ser eliminado. Si el sujeto no cumplió este requisito, se aplica el procedimiento adecuado. Según la legislación, el resto de la producción puede ser cuestionar. El procedimiento variará dependiendo de la persona que insiste en la eliminación inadecuada de los ciudadanos etapa en la que tiene lugar el evento.

Los miembros del jurado

Para estas personas, la legislación también prevé el procedimiento de extracción. Para ellos, hay reglas, no sólo los artículos antes mencionados. En particular, en la formación de la placa lateral tiene el derecho de cuestionar las circunstancias establecidas en:

  1. Art. 61-64. Estas normas establecen las causas de exclusión de la producción del juez.
  2. Art. 328 (h. 14-16). Normalmente, se establece el derecho del acusado o de su abogado y el fiscal para declarar grifo desmotivado dos veces.
  3. Art. 330. En esta norma define el derecho a hacer una declaración sobre la disolución de la junta de asesores en relación con el sesgo de su composición.

Explicaciones sobre esta cuestión figuran en el juicio plenario número Anfibio 23 del 22 de noviembre, 2005 debería ser particularmente señalar que la legislación prevé la aplicación de los grifos antes de ser finalmente formaron asesores de mesa. En las reuniones subsiguientes de este derecho sólo se puede utilizar en casos excepcionales. En particular, cuando una circunstancia tal, que anteriormente no era conocido del solicitante. La decisión de eliminar el jurado de la reunión será resuelta por el presidente. La composición del tribunal en la sala del jurado no se elimina.